En cualquier empresa, industria o comercio, los extintores son la primera línea de defensa contra incendios. Sin embargo, de nada sirve tenerlos instalados si no están en óptimas condiciones. La recarga y mantenimiento periódico de extintores no solo es una obligación legal en Colombia, sino una medida crítica para proteger vidas, infraestructuras y la continuidad del negocio.
En Colombia, el Decreto 1072 de 2015 (Reglamento de Seguridad contra Incendios) y la Norma NFPA 10 establecen que:
✔ Todos los extintores deben recibir mantenimiento anual por parte de una empresa autorizada.
✔ Deben recargarse después de cada uso, incluso si se descargaron parcialmente.
✔ Deben reemplazarse o recargarse cada 5 años (en el caso de extintores de polvo químico o CO₂).
Situación | Acción Requerida |
Después de cualquier uso (aunque sea mínimo) | Recarga inmediata |
Presión fuera del rango verde (en el manómetro) | Revisión y recarga |
Daños en manguera, válvula o sello | Reparación y recarga |
Cumple 5 años desde su fabricación | Recarga o reemplazo |
Inspección anual obligatoria | Verificación por técnico certificado |
✅ Garantiza funcionalidad en emergencias (un extintor vacío o defectuoso no sirve).
✅ Cumple con normativas legales y evita sanciones costosas.
✅ Protege a empleados, clientes y activos de incendios devastadores.
✅ Mantiene vigentes pólizas de seguros (requisito para cobertura de riesgos).
Conclusión: No Esperes a una Emergencia
Un extintor sin mantenimiento es tan peligroso como no tenerlo. Las empresas responsables priorizan su recarga periódica para garantizar seguridad y cumplimiento legal.
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