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lavado de tanques en edificios: Normativa y pasos obligatorios según la ley

 

1. Frecuencia legal: mínimo cada 6 meses

El Decreto 1575 de 2007 establece que la frecuencia de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento es de mínimo cada 6 meses. Esta exigencia es confirmada y aplicada por múltiples autoridades sanitarias y empresas de acueducto en Colombia.

Para sectores especiales como el farmacéutico, donde el riesgo de biofilm es mayor, se recomienda aumentar la frecuencia de inspección a cada trimestre.

 

2. Requisitos legales para la empresa prestadora del servicio

Según la Ley 9 de 1979, el Decreto 1575 de 2007 y la normativa sanitaria relacionada, la empresa que realice el lavado y desinfección de tanques debe cumplir con:

 
 
RequisitoDetalle
Concepto sanitario favorableOtorgado por la Secretaría de Salud (departamental o de capital), con base en la Resolución 2190 de 1991 y la Resolución 738 de 2018
Manejo de residuos peligrososContrato vigente con empresa autorizada para disposición de residuos peligrosos
Sistema de seguridadCertificado de ARL que acredite el cumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Personal calificadoOperarios afiliados a EPS y ARL, con capacidad para trabajo en espacios confinados

 

3.Marco Normativo Obligatorio

 

El mantenimiento de los sistemas de almacenamiento está estrictamente regulado por las siguientes normas nacionales y locales:
 
  • Decreto 1575 de 2007 (Ministerio de la Protección Social): Es la norma principal a nivel nacional. En su artículo 10 (numeral 3) establece taxativamente que los responsables del mantenimiento en edificios públicos o privados, conjuntos habitacionales, colegios y hoteles deben realizar el lavado y desinfección de los tanques como mínimo cada seis (6) meses. [1, 2, 3]
  • Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional): Dicta las pautas generales de seguridad ambiental, saneamiento y control sanitario para edificaciones. [1]
  • Resolución 2115 de 2007: Define las características físicas, químicas y microbiológicas que debe cumplir el agua para ser considerada apta para consumo humano. [1]
  • Resolución 2190 de 1991 (Secretaría Distrital de Salud de Bogotá): Regula específicamente a las empresas dedicadas a esta actividad dentro de la capital y reafirma la obligatoriedad del lavado semestral para tanques domiciliarios y comunitarios. 

 

Consecuencias por incumplimiento: No realizar el procedimiento dentro de los plazos legales expone a la copropiedad a amonestaciones, multas económicas sucesivas impuestas por las Secretarías de Salud, la suspensión del concepto sanitario del edificio y eventuales responsabilidades civiles si se presentan problemas de salud pública entre los residentes.
 

4.Pasos Obligatorios para la Ejecución del Servicio

 
Para que el proceso sea avalado por las autoridades de control y no altere la seguridad de la infraestructura hídrica, la empresa especializada debe seguir un protocolo estructurado: 
 
Fase 1: Planeación y Notificación
  1. Aviso previo a los usuarios: Se debe programar y anunciar el corte temporal del suministro de agua con días de antelación para que los residentes almacenen lo necesario. [1, 2]
  2. Cierre de válvulas: Cerrar el registro de entrada de agua de la red pública horas antes para permitir que los tanques utilicen su nivel máximo operativo de reserva y evitar el desperdicio del líquido durante el vaciado. 
Fase 2: Trabajo de Campo (Limpieza y Desinfección)
  1. Drenaje controlado: Vaciar los tanques (ya sean aéreos o subterráneos) utilizando motobombas sumergibles hacia las redes de desagüe autorizadas.
  2. Lavado y Limpieza Mecánica: Remover de manera física los sedimentos, lodos, algas y óxido acumulados en el suelo y paredes del tanque mediante cepillado o hidrolavado a presión. Nota técnica: Está prohibido mezclar detergentes comunes con desinfectantes de cloro, ya que generan reacciones químicas nocivas.
  3. Desinfección Química: Aplicar una solución desinfectante autorizada para agua de consumo (comúnmente a base de hipoclorito de sodio de alta pureza) cubriendo la totalidad de las superficies internas. Se debe respetar el tiempo de contacto mínimo del producto para garantizar la eliminación total de bacterias y microorganismos patógenos.
  4. Enjuague y Evacuación: Retirar completamente los residuos químicos residuales mediante un enjuague general para evitar alteraciones en el olor o sabor del agua al restablecer el servicio. 
Fase 3: Restablecimiento y Cierre
  1. Llenado y Cloración: Abrir el registro de entrada para el llenado del tanque. El técnico debe inspeccionar visualmente que las tapas queden herméticamente selladas para prevenir el ingreso de insectos, agua de escorrentía o animales vectores. 
  2. Soporte Técnico Documental: La empresa aliada debe recopilar el registro fotográfico del «antes y después», junto con las actas técnicas firmadas por los operarios avalados.

 

 

Aplicabilidad: Los requisitos legales y pasos operativos descritos aplican a tanques de almacenamiento de agua en edificaciones de todo el territorio colombiano (residenciales, comerciales y públicas), y son la base normativa.

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